Respuesta corta: en Ciudad de Buenos Aires el Impuesto sobre los Ingresos Brutos de una farmacia no es “un solo porcentaje sobre todo lo que facturaste”. El remedio y el shampoo no se liquidan igual. Si tu programa solo te muestra gravado / exento de IVA, le falta la mitad del cuento al estudio.

Qué es el ISIB (sin vueltas)

ISIB es el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Ciudad de Buenos Aires (AGIP). Es distinto del IVA. En el mostrador el medicamento de uso humano suele ir sin IVA; eso no significa “exento de Ingresos Brutos”. Mezclar las dos ideas es el error más común que escuchamos en la calle.

La farmacia tiene más de una actividad

Pensalo así, como si fueras el dueño mirando la góndola:

  • Medicamento de uso humano: una actividad, con alícuota propia (en CABA, históricamente 1% fijo sobre esa actividad — tu contador confirma el padrón vigente).
  • Cosméticos y perfumería: otra actividad. La alícuota suele ser más alta (en la práctica del rubro se habla de 3% o 5% según umbral y régimen). No es el mismo saco que el remedio.

Si sumás “todo lo facturado” y aplicás un solo porcentaje, la liquidación se tuerce. No es un detalle de Excel: es plata del local.

Qué tiene que entregar el cierre del día

El estudio no adivina. Necesita números partidos por rubro — no solo “IVA gravado / IVA exento”. Si el programa del mostrador no discrimina medicamento de perfumería, el contador trabaja a ciegas o inventa un saco único. Eso ya le pasó a farmacias que después cambiaron de estudio cuando el cierre empezó a hablar claro.

En casos reales lo contamos con nombres de barrio: el recupero de margen no viene solo del PVP; también de un cierre que el contador puede usar.

Qué hace MNM Pharma Pro (y qué no)

  • Sí: el programa ya está adecuado a ISIB CABA (AGIP Res. 169/26). En Factura B/C a consumidor final imprime la leyenda: «ALÍCUOTA ISIB CABA X,XX%» o «OPERACIÓN EXENTA ISIB CABA» según la línea.
  • Sí: discrimina medicamento (catálogo / monodroga → exento en leyenda) de Mi listado / perfumería / góndola no medicinal (alícuota minorista 3% o 5% según umbral configurado). Ventas mixtas: alícuota menor, como pide la norma.
  • Sí: en Configuración tenés «ISIB CABA → AGIP Res. 169/26»: discriminar en ticket, Convenio Multilateral y umbral AGIP. No es un módulo aparte: es el mostrador.
  • No: no reemplazamos al contador ni firmamos la DDJJ. El programa imprime y clasifica en el ticket; el estudio liquida con criterio profesional.

¿Y si no estoy en CABA?

Ingresos Brutos existe en todo el país (Convenio Multilateral u otras jurisdicciones). La lógica es la misma: no mezclar actividades que la ley trata distinto. Acá profundizamos CABA porque es donde más vemos el error a ojo de calle. Fuera de CABA, tu contador marca el mapa; el programa igual tiene que partir el día con claridad.

Lo que ya te llegó por mail (CAF / AGIP) — y muchos no conectan

En agosto de 2026 la Cámara Argentina de Farmacias (CAF) mandó a asociados el INFO. 13/2026: Resolución AGIP 312/2026 sobre Ingresos Brutos. No era un mail de “precios”. Era esto: hay que adecuar los sistemas para discriminar la incidencia del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en los comprobantes a consumidores finales en CABA.

  • Obligación de fondo: Resolución N° 169/AGIP/2026 (y modificatorias). En el ticket/factura a consumidor final debe ir la leyenda «ALÍCUOTA ISIB CABA XX,XX%» (si hay varias alícuotas en el mismo comprobante, la menor). Régimen Simplificado: exceptuado.
  • Prórroga que avisó la CAF: Resolución N° 312/AGIP/2026 (B.O. CABA 18/08/2026) — adecuación de sistemas hasta el 30/09/2026.
  • Prórroga posterior: Resolución N° 339/AGIP/2026 — el plazo de adecuación de sistemas quedó hasta el 1° de enero de 2027. Los plazos se mueven; la obligación de fondo no desaparece.

Acá se junta todo: el mail pide adecuar sistemas; muchos softs todavía improvisan. MNM Pharma Pro ya imprime la leyenda ISIB en el ticket a consumidor final y clasifica medicamento ≠ perfumería/Mi listado. El dueño que solo ve “otro PDF” no conecta; nosotros sí — y por eso los links oficiales abajo: credibilidad con norma, no con eslogan.

Normas y fuentes — para que no sea “porque lo dice MNM”

Esto es guerra lógica, no folleto: el mail de la cámara/colegio avisa una resolución; acá está el texto oficial. Discriminar ISIB en el ticket a CF (CABA) es AGIP Res. 169/26 — y MNM Pharma Pro ya lo imprime. El contador confirma umbrales y liquidación.

Cuando llega el mail del colegio (PAMI, IMED, leyenda ISIB, factura electrónica, etc.): leemos la norma, actualizamos el programa y te acompañamos en el mostrador. Sin reemplazar al colegio ni al contador — con la misma lógica que ellos te están avisando.

Si tu contador usa otros nombres de actividad o umbrales actualizados, manda su criterio. Nosotros no pelemos con el estudio: el ticket ya sale con la discriminación que pide AGIP; la liquidación la cierra él.

Preguntas que escuchamos en la farmacia

“El remedio va sin IVA: ¿entonces no pago Ingresos Brutos?”

No. IVA e Ingresos Brutos son impuestos distintos. Que el ticket salga exento de IVA no saca al medicamento del ISIB.

“¿Puedo liquidar todo al 5% porque facturé mucho?”

Eso es mezclar umbral de otra actividad con el remedio. El medicamento tiene su trato. Preguntale al contador con el cierre partido; no con una suma sola.

“¿El programa me ahorra el contador?”

No. Te ahorra el saco opaco. El estudio trabaja mejor cuando el mostrador le pasa la verdad del día.

Ver MNM Pharma Pro Casos reales Quién manda el PVP